LO QUE PROCEDE ES CONSULTAR AL PUEBLO
La Subcomisión de Reglamento de la Convención Constitucional acaba de rechazar la propuesta de algunos de sus miembros que sugería rebajar a 4/7 el quorum para la adopción de los acuerdos de ese organismo y establecer el mecanismo de plebiscitos dirimentes en caso de que no se alcanzase el quorum requerido. Los representantes del FA y de los partidos del duopolio se opusieron a dicha propuesta y ratificaron la regla de los 2/3 para la redacción de la nueva Constitución. En el caso de aquellos que posan de "progresistas" uno de sus principales argumentos ha sido que dicha norma de quorum supramayoritario operaría en la Convención de modo distinto a como lo hace en el Parlamento en el marco de la actual constitución porque ahora se estaría ante una “hoja en blanco”. ¿Tiene algún asidero real este argumento?